sábado, 30 de septiembre de 2017

1º BTO INTRODUCCIÓN AL DERECHO TEMA 3.1 RAMAS DEL DERECHO


TEMA 3
RAMAS DEL DERECHO


1.- Las diferentes clasificaciones del Derecho.

La gran división tradicional del derecho distingue entre el Derecho Público y el Derecho Privado, conocida ya desde el antiguo Derecho Romano. Según la definición de Ulpiano, contenida en el Digesto de Justiniano, el Derecho Público hace referencia “al estado de la cosa pública de Roma”, mientras que el Derecho Privado, se refiere “al interés de los particulares”.           

No obstante, esta división ha sido ampliamente criticada y en la actualidad no tiene tanta vigencia, ante la aparición de parcelas del Ordenamiento jurídico en las que las diferencias entre lo público y lo privado no son tan evidentes. Actualmente se aprecia una tendencia a una clasificación por sectores de la realidad social, optándose así por un enfoque multidisciplinar.


2. Clasificación según el papel del Estado: derecho público y derecho privado

Como se decía, la gran división tradicional del derecho distingue entre el Derecho Público y el Derecho Privado. El primero, expuesto de manera simple, haría referencia a la estructura y organización estatal, y a las relaciones del Estado con los particulares; en el derecho Público las partes de la relación no están en plano de igualdad: una de ellas está subordinada al poder de la otra. En el Derecho Privado predomina más la libertad de las partes, dentro de los límites legales, para establecer las condiciones de la relación en plano de igualdad.

Integran el ámbito de Derecho Público las siguientes ramas: Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Penal, Derecho Procesal, Derecho Laboral y Derecho Tributario. Por otra parte, el Derecho Privado comprende básicamente el Derecho Civil y el Derecho Comercial.

El Derecho administrativo es el conjunto de normas jurídicas que regula la organización, funcionamiento y atribuciones de la Administración pública en sus relaciones con los particulares y con otras Administraciones Públicas (personificadas en una diversidad de órganos). Por ejemplo, los requisitos para pedir una licencia de obras o de caza, los modos de acceder a la función pública, las exigencias para solicitar una subvención, etc.

El Derecho constitucional (también denominado Derecho político) se ocupa del análisis de las leyes fundamentales que definen un Estado. De esta manera, es materia de estudio todo lo relativo a la forma de Estado, forma de gobierno, derechos fundamentales y la regulación de los poderes públicos, incluyendo tanto las relaciones entre poderes públicos, como las relaciones entre los poderes públicos y los ciudadanos.

El Derecho Penal es el conjunto de normas que recogen los delitos, las penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad. Se da el nombre de delitos a ciertas acciones antisociales prohibidas por la ley, cuya comisión hace acreedor al delincuente a determinadas sanciones conocidas con el nombre específico de penas.

El Derecho Procesal es la rama del Derecho que tiene por objeto regular la organización y atribuciones de los tribunales de justicia y la actuación de las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales.

El Derecho laboral (también llamado Derecho del trabajo) es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena.

El Derecho Civil, regula las relaciones entre particulares, ya sean personas físicas o jurídicas. Es la más utilizada entre las ramas del derecho ya que comprende las relaciones patrimoniales, personales, de vecindad, de familia, de derecho sucesorio, etc.

El Derecho Comercial, o Mercantil, se encarga de regular la actividad de los comerciantes, y sus relaciones comerciales, denominadas actos de comercio.

Pero ¿qué ocurre cuando el asunto afecta a la legislación de varios estados? Para resolver este asunto existe el Derecho Internacional. El Derecho Internacional Privado trata de la regulación de las relaciones entre particulares, con domicilios en diferentes países, o hechos acaecidos en diferentes estados. El Derecho Internacional Público, rige las relaciones entre distintos estados u organizaciones internacionales.

















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